Redacción. Pamplona
La consejera de Salud, Marta Vera, ha afirmado que “todas las actuaciones” de su departamento “en materia de asistencia continuada y urgente se han regido conforme a la legalidad”. Asimismo, ha defendido que “únicamente se puede hablar de responsabilidades políticas” por no haber llevado al Parlamento foral el plan sobre urgencias rurales.
Marta Vera.
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Así lo ha defendido Vera en el Parlamento de Navarra, donde ha comparecido, a petición propia, para exponer el informe jurídico elaborado por su departamento en relación con la Ley Foral 2/2013, atención sanitaria continuada y urgente de Navarra.
Vera ha comparecido en la Cámara después de que los servicios jurídicos del Parlamento foral cuestionaran el cumplimiento de la norma por parte del Gobierno foral, al no remitir a la Cámara el plan de funcionamiento de los centros sanitarios de Atención Primaria y de las modalidades de atención continuada y urgente.
La consejera ha explicado que la ley, entre otros mandatos, ordena elaborar dicho plan, pero ha argumentado que “el cumplimiento de un año para la elaboración y remisión al Parlamento de Navarra de un plan con participación y consenso” de los profesionales sanitarios, de las entidades locales y de los colectivos sociales relacionados con dicha materia “se ha demostrado como escaso”.
Ante ello, Vera ha recordado que compareció ante la comisión de Salud del Parlamento de Navarra para explicar “las medidas que sí habían obtenido un cierto consenso y, más en un tema que suele ser muy controvertido, como pueden ser las condiciones laborales de los trabajadores o sus demandas sindicales”.
Al no haberse podido elaborar dicho plan, ha expuesto Vera “es obvio que no ha podido cumplirse el mandato al Gobierno de Navarra de remitir el plan de funcionamiento al Parlamento de Navarra en el plazo de un año”. “En el momento en que esté finalizado el plan se presentará al Parlamento para su debate y aprobación”, ha asegurado.
Será la jurisdicción contencioso-administrativa la que deba valorar la legalidad de lo actuado
En concreto, ha explicado que a entender del departamento, “el acuerdo colectivo de 31 de enero de 2014, por el que se modifica el acuerdo colectivo de 18 de marzo de 2008, no incumple el ordenamiento jurídico y, en consecuencia, es legal”.
En todo caso, ha añadido Vera, “al margen de las opiniones jurídicas que las distintas instituciones puedan emitir al respecto, será en su caso la jurisdicción contencioso-administrativa la que deba valorar en última instancia la legalidad de lo actuado”.
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