¿Quiere recibir la Publicación de Parlamentarios de Sanidad en su correo de forma gratuita?
Lunes, 18 de abril de 2011   |  Número 22
Acceda a nuestra hemeroteca
PARLAMENTO DE GALICIA
DEFIENDE SU CONSTITUCIONALIDAD
El Parlamento demanda que se levante la suspensión del catálogo ante el TC
Los servicios jurídicos alegan que la norma “no invade” competencias estatales y que garantiza la prescripción de cualquier medicamento

Redacción. Santiago de Compostela
El Parlamento de Galicia ha remitido un documento al Tribunal Constitucional (TC) en el que pide el levantamiento de la suspensión del catálogo priorizado de fármacos y defiende la constitucionalidad de la Ley de racionalización del gasto en la prestación farmacéutica, aprobada por PPdeG y BNG con el rechazo del PSdeG, y recurrida por el Gobierno central ante el Alto Tribunal.

Parlamento de Galicia.

Las alegaciones elaboradas por los servicios jurídicos de la Cámara gallega ya han sido registradas en la sede del TC e inciden en que se levante la suspensión de la norma recurrida, por entender que los preceptos impugnados son "plenamente respetuosos" con la Constitución y con la distribución de competencias que se establece en la misma y en el Estatuto de Autonomía.

Como ya se hizo con la ley de cajas, los servicios jurídicos se han personado en defensa del espacio competencial y legislativo que tiene encomendado el Parlamento de Galicia y por entender que "no existe contradicción" entre el catálogo priorizado de fármacos y el ordenamiento estatal en vigor.

Así, en casi medio centenar de páginas, los servicios jurídicos de la Cámara alegan ante el TC que la Ley de racionalización del gasto farmacéutico comprende "todos los medicamentos integrados en la cartera de servicios comunes" del Sistema Nacional de Salud (SNS), "sin afectar" al modelo de financiación pública de fármacos ni al sistema de precios de referencia.

"Todos los medicamentos financiables por el SNS lo son también en nuestra comunidad y se mantiene una igualdad efectiva real en las prestaciones farmacéuticas", alega el documento.

Casuísticas particulares

Según ha informado el Parlamento en un comunicado, abundando en esta idea, las alegaciones recuerdan que la norma recurrida contempla un protocolo especial para dar cobertura a casuísticas particulares individuales que precisen de una prescripción determinada y de una marca concreta, como en el caso de los pacientes que presentan intolerancia a excipientes. Esta facultad compete a los facultativos del Servicio Gallego de Salud.

En este escenario, se interpreta que la ley "encaja" en las competencias que Galicia tiene asumido en materia de sanidad, ya que las prestaciones farmacéuticas son prestaciones sanitarias y estas tienen "su encaje competencial" en la sanidad, una vez "abandonada" la vinculación original del sistema de Seguridad Social.

Además, el documento incide en que la ley recurrida por el Gobierno central "no elimina" la financiación pública de ningún fármaco, sino que, en determinados principios activos, "se prioriza la prescripción" de medicamentos de precio menor, pero "perfectamente intercambiables" con los no priorizados.

Racionalización del gasto

Del mismo modo, los servicios jurídicos del Parlamento recuerdan que la propia legislación estatal básica, a través de la Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos, establece "la posibilidad y la necesidad" de que se adopten políticas de racionalización del gasto farmacéutico.

Por último, sostiene que los preceptos impugnados por la Abogacía del Estado tampoco afectan a la competencia estatal en materia de inclusión y exclusión de medicamentos en la prestación farmacéutica del SNS, ya que la norma gallega "se limita a establecer" el procedimiento de elaboración y modificación del catálogo, de los medicamentos que prioriza, así como del protocolo que se fija para los no priorizados.

© 2004 - 2024 Sanitaria 2000, S.L.U. - Todos los derechos reservados.
agencia interactiva iberpixel.com